Grabar conversaciones es una práctica cada vez más habitual gracias a los teléfonos móviles. Pero surge la duda: ¿Es legal grabar conversaciones? ¿Se pueden usar como prueba en un juicio? ¿Qué consecuencias legales puede tener grabar sin consentimiento? ¿Se pueden difundir las grabaciones? En este artículo, desde AT Advocats, te explicamos de manera clara qué dice la ley y cómo debes actuar en cada caso.
Última modificación: 4 septiembre 2025
La legislación protege la privacidad y el secreto de las comunicaciones (art. 18 CE y art. 197 y ss del Código Penal). Esto significa que no se pueden interceptar conversaciones ajenas. Entonces, ¿es legal grabar conversaciones?
La jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional ha confirmado que:
👉 Sí es legal grabar conversaciones cuando participas en ellas.
Ejemplo: si estás hablando con tu jefe o con un cliente y decides grabar la conversación, esta grabación es legal y no vulnera derechos fundamentales.
✅ Legal: grabar una llamada o conversación en la que participas.
❌ Ilegal: grabar conversaciones ajenas sin autorización.
Aunque pueden grabar conversaciones propias, grabar las ajenas podría suponer la comisión de un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Este delito está tipificado en el artículo 197 del Código Penal y establece penas de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses para quienes, sin autorización, intervengan comunicaciones o utilicen artificios técnicos para escuchar, transmitir o grabar conversaciones privadas.
Sí. Una grabación hecha por una de las partes puede presentarse como prueba válida en un juicio, siempre que:
La persona que graba forme parte de la conversación.
No haya manipulación del archivo.
La grabación sea relevante para el caso.
Ejemplo: en un procedimiento laboral, grabar a tu jefe haciendo comentarios ofensivos o amenazas puede servir como prueba en un despido improcedente.
Aunque grabar sea legal, difundir una grabación sin permiso puede vulnerar los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen.
Art. 197.7 CP: Difundir imágenes o grabaciones obtenidas con consentimiento, pero afectando la intimidad → prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses.
Ejemplo: subir un audio privado a redes sociales o reenviarlo por WhatsApp sin autorización puede derivar en multas o, incluso, en penas de prisión.
✅ Es legal: grabar una reunión con tu jefe para protegerte ante un posible despido.
✅ Es legal: grabar una llamada en la que participas.
❌ Es ilegal: grabar a escondidas una conversación entre otras personas.
❌ Es ilegal: difundir audios privados sin consentimiento.
Este artículo es una pequeña guía con voluntad divulgativa que no pretende, ni puede, sustituir el consejo legal personalizado de un abogado o abogada. Para obtener más información o asesoramiento, en AT Advocats estamos a su disposición y puede ponerse en contacto con nuestro despacho a través del apartado de contacto de nuestra web.